Medio Ambiente implementa un sistema de alertas por riesgo de incendio forestal que cumple con la normativa estatal vigente

En un esfuerzo por fortalecer la protección de los bosques y prevenir incendios forestales, el Servicio de gestión forestal de la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio de las Islas Baleares ha actualizado la normativa de uso del fuego para adaptarla a los estándares estatales. A partir de este miércoles, los residentes y visitantes podrán acceder a información actualizada sobre los niveles de alerta por riesgo meteorológico de incendio forestal en las diferentes islas.

La página web alertafoc.caib.es se convertirá en un recurso invaluable, ya que se publicarán diariamente, durante todo el año, los mapas con los niveles de alerta. Además, en días de especial riesgo, estos mapas se divulgarán a través de las redes sociales del Institut Balear de la Natura (IBANAT), para garantizar que la información llegue al mayor número posible de personas.

La determinación de los diferentes niveles de alerta se basará en los informes y avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), así como en el análisis de peligro realizado por el Servicio de gestión forestal y la Central de comunicaciones de incendios forestales. Las alertas se clasificarán de la siguiente manera:

  1. Alerta Fuego 1: Riesgo meteorológico de incendio forestal bajo según AEMET, y sin avisos por fenómenos meteorológicos adversos.
  2. Alerta Fuego 2: Riesgo meteorológico de incendio forestal moderado o alto según AEMET, y sin avisos por fenómenos meteorológicos adversos.
  3. Alerta Fuego 3: Activación formal de avisos por fenómenos meteorológicos adversos (vientos, temperaturas máximas, olas de calor y/o tormentas), independientemente del riesgo de incendio forestal de AEMET, o cuando se identifiquen circunstancias singulares a partir del análisis de peligro.
  4. Alerta Fuego 4: Riesgo meteorológico de incendio forestal muy alto o extremo, o cuando se presenten circunstancias singulares a partir del análisis de peligro, independientemente de la existencia de avisos por fenómenos meteorológicos adversos.

En consonancia con estas alertas, se aplicarán medidas específicas. Por ejemplo, las autorizaciones para realizar quemas serán suspendidas durante la alerta 3, cuando se declaren fenómenos meteorológicos adversos. En el caso de la alerta 4, además de prohibirse el fuego en cualquier espacio abierto, también se vetará su uso en áreas de descanso de la red de carreteras, zonas recreativas y de acampada, incluidas las áreas habilitadas para ello. Quedará terminantemente prohibido el uso de material pirotécnico, así como el uso de maquinaria y equipos que generen deflagración, chispas o descargas eléctricas en terrenos forestales y áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de los mismos.